domingo, 24 de diciembre de 2017

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA ¡DEL FRANQUISMO!

...Por Manolo Rincón.


Estamos en tiempos de celebración del 39 aniversario de nuestra Constitución, defendida por unos, denostada por otros y en trance de ser cambiada.
Si preguntamos cuál fue la anterior Constitución se nos dirá que la Republicana. Así yo lo creía hasta que llegó a mis manos un curioso libro olvidado por todos, en la biblioteca del Ramiro. Y para vosotros voy a comentar un poco su contenido.
El título es muy curioso: La Constitución Española, y está fechado en 1971.
Este libro en su introducción nos dice que España está en proceso constituyente desde 1938, con la promulgación del Fuero del Trabajo, como primera ley fundamental. Desde aquella época se fueron promulgando una serie de leyes:
-        Principios del Movimiento Nacional.
-        Fuero de los Españoles.
-        Fuero del Trabajo.
-        Ley orgánica del Estado.
-        Ley constitutiva de las Cortes.
-        Ley de sucesión de la Jefatura del Estado.
-        Ley de Referendum Nacional.
A estas leyes se les dieron rango constitucional y por tanto serían el cuerpo de la Constitución Española. Estas leyes se fueron aprobando en referéndum, y por ello iban entrando en vigor y teniendo validez, al aprobarlas los ciudadanos con sus votos.
En estas leyes casi no aparece la palabra España, siempre se habla del Estado, curiosamente como ocurre actualmente.
La más política es la de Principios del Movimiento Nacional (1.958), donde se define España como “unidad de destino en lo universal”, se hace hincapié en la base católica del Estado, se enumeran los derechos básicos de los ciudadanos, como justicia independiente, trabajo y salud (tanto física como moral). Se establece que la participación política está abierta a todos, y que los cauces son la familia, el sindicato o el municipio.
Si se lee el articulado de las demás leyes, se aprecian primero el establecimiento de unos derechos básicos a toda persona como son inviolabilidad del domicilio y del correo, derecho a participar en organismos públicos, a la libre elección de la residencia, derecho a la justicia y en caso de ser detenido no podrá retenérsele más de 72 horas si no hay motivo penal. Se establece derecho a la instrucción y educación con cargo al Estado.
Hay mucho contenido social, en especial el Fuero del Trabajo, donde se proclama que el mismo es un derecho fundamental de la persona y que será retribuido de forma que permita al trabajador una vida digna. El Estado pagará determinadas cantidades en concepto de cargas familiares. Se establece derecho a vacaciones retribuidas y a las fiestas tradicionales así como los domingos.
Se habla de un “seguro social”, lo que luego sería la Seguridad Social. La propiedad privada será siempre defendida por el Estado. Se establece el derecho a una vivienda digna.
En la Ley Orgánica del Estado (1.967), se establece que se irán implantando los mecanismos para que los cargos designados por el Jefe del Estado, sean elegidos por los ciudadanos, dentro de un proceso “democratizador”.
En suma esta serie de leyes, fue recopilada en los años finales del franquismo como una auténtica Constitución. No sé si se pretendía presentarla como tal o ya se daba por supuesto que lo era.

Termino este pequeño análisis, pensando que al final la dictadura quería presentarse ante la Historia como un régimen con una Constitución aprobada por todos los españoles.



3 comentarios:

  1. Cuando tuvo lugar el referéndum de 1967 de la Ley Orgánica del Estado me faltaban todavía unos meses para ser mayor de edad (que en aquella época se alcanzaba con veintiún años cumplidos), por lo que no pude participar en él, aunque en realidad importaba poco participar o no, pues el resultado no podía ser otro que el deseado por el gobierno que lo había convocado unilateralmente y que no permitía ninguna opinión discordante. Incidentalmente, diré que muy recientemente se ha producido un acontecimiento semejante en algún lugar de esta España tan proclive al caciquismo.
    Como señala Manolo Rincón, los Principios del Movimiento Nacional, de 1958, establecían que los cauces para la participación política eran la familia, el sindicato y el municipio. Los sindicatos eran organizaciones dependientes de la Secretaría General del Movimiento e integrados en la estructura gubernativa y los alcaldes eran nombrados por el gobernador civil, así que difícilmente estos cauces podían escapar al control del poder. En cuanto a la familia, las elecciones a procuradores en Cortes por el tercio familiar empezaron a raíz de la proclamación de la mentada Ley Orgánica de 1967 y en ellas únicamente podían participar los españoles casados legalmente; de todos modos, los aspirantes a ser elegidos debían obtener el visto bueno de la autoridad.
    En definitiva, la Constitución –o, más bien, el conjunto de normas que reconocían ciertos derechos– vigente en los tiempos en que Francisco Franco ejerció como Jefe del Estado español fue una constitución otorgada, propia de un régimen corporativo, y no una constitución fruto de la democracia universal, como la actual de 1978, esta misma constitución que, de acuerdo con lo que también señala Manolo Rincón, es denostada por algunos, sin duda, demasiado jóvenes para entender lo que significó el cambio acaecido en nuestro país en los últimos cuarenta años.

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  2. El "cambio acaecido en nuestro país" no debe minimizarse, pero toda Constitución es el producto de una correlación de fuerzas y, en el caso de la vigente, se pueden apreciar algunas limitaciones producto de las fuerzas que entonces la condicionaron.
    Los poderes fácticos estaban muy impregnados por 40 años de dictadura y presionaron para que fuera realidad lo de "atado y bien atado". No lo consiguieron, pero no es opinión en un sentido u otro, reconocer que alguna consecuencia tendrá el hecho de que no se produjo la ruptura que en otros países siguió a los regímenes fascistas.

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    1. Si los poderes fácticos no consiguieron perpetuar la dictadura, ¿que consecuencia habrá tenido la falta de ruptura? La izquierdas de hoy en día han renunciado a la revolución y, cuando les llega el turno de gobernar, no cuestionan el liberalismo capitalista, y, desde luego, si lo que quieren es democracia universal y autonomía de las comunidades –detalles ausentes en la constitución otorgada por Franco–, esto lo encuentran en la constitución de 1978.
      A pesar del conformismo de las izquierdas, todavía nos encontramos con sectores de la población descontentos con el "statu quo" que quieren mejoras sociales y votan al recentísimo movimiento de los indignados que en su momento tomaron las calles y que, gracias a los votos obtenidos, posteriormente alcanzaron el Congreso, pero, por lo que se ve, la actuación de dichos indignados únicamente ha servido para dar aliento al separatismo catalán. Parece, según esto, que lo que buscan los críticos de la presente constitución es reformarla para que un planteamiento de tipo federal conceda aun más privilegios a las autonomías ya privilegiadas. Yo no encuentro que semejante planteamiento sea propio de unos revolucionarios de izquierda, sino más bien de unos egoístas burgueses nacionalistas imbuidos de un sentimiento de superioridad.

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